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Responder a la CDSD – Desafíos para las prácticas de diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente.

En julio de 2024 entró en vigor la Directiva de la UE sobre Diligencia Debida en materia de Sostenibilidad Corporativa, que obliga a las empresas de cierto tamaño a realizar y divulgar la diligencia debida en materia de derechos humanos y medio ambiente en toda su cadena de valor.

Aunque muchas empresas ya han iniciado la diligencia debida en materia de derechos humanos y cumplen las leyes y normativas medioambientales, es necesario integrar la diligencia debida en las políticas empresariales y los sistemas de gestión de riesgos, así como aplicar una diligencia debida eficaz basada en un enfoque basado en el riesgo que abarque toda la cadena de valor. En esta presentación se explicarán las carencias de las empresas japonesas a la hora de prepararse para la aplicación de la CDSD y las cuestiones prácticas que plantean los enfoques esenciales.

En la sección sobre la formulación de una política de diligencia debida y la incorporación de la diligencia debida a la gestión de riesgos, se discutirá lo que se requiere a la hora de incorporar la diligencia debida a la política y al sistema de gestión de riesgos de una empresa, y se examinarán las acciones que serán necesarias en el futuro sobre la base de los problemas actuales de las empresas japonesas. Como paso previo, es necesario identificar los problemas a los que se enfrentan habitualmente las empresas japonesas en lo que respecta a los métodos de evaluación de riesgos en la GDDC.

Las consideraciones de diligencia debida de los proveedores deben identificar los requisitos de prevención, mitigación y remediación, seguimiento y compromiso en la CSDDD. Como enfoque de la diligencia debida medioambiental, es necesario comprender de antemano los requisitos y las prohibiciones y obligaciones medioambientales de la Directiva y cómo proceder con el enfoque de evaluación de riesgos en la diligencia debida medioambiental. Desde el punto de vista de los sistemas de gestión, huelga decir que las empresas japonesas deben tener en cuenta los puntos a considerar a la hora de establecer un mecanismo de gestión de reclamaciones basado en la CSDDD, y aplicar el ciclo PDCA.